Otros datos de interés
Los presuntos herederos cuentan con el plazo de un año para la presentación del certificado de resultancia de la sucesión para continuar con la cesión del permiso a su nombre.
Requisitos generales
Por fallecimiento:
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Los presuntos herederos cuentan con un plazo de 120 días desde ocurrido el fallecimiento para comunicar a la Intendencia su voluntad de continuar el servicio.
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Nota simple firmada por los presuntos herederos donde se comunique el fallecimiento declarando todos los datos filiatorios (domicilio, teléfono, mail) y expresen a texto expreso su voluntad de continuar con el permiso.
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Certificado de defunción.
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Certificado notarial de presuntos herederos.
- Documentos de identidad de todos.
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En caso de actuar en representación, presentar el poder certificado notarialmente.
Por incapacidad:
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Nota simple firmada por quien ha iniciado trámite para ser nombrado "curador" donde se comunique la incapacidad, declarando todos los datos filiatorios (domicilio, teléfono, mail) y exprese a texto expreso su voluntad de continuar con el permiso.
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Certificado de la presentación judicial como "Curador".
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Documentos de identidad.
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En caso de actuar en representación, presentar el poder certificado notarialmente.
Otros costos
2 UR que se abonan cuando se concrete la cesión del permiso.
Cómo se hace
- Concurrir a la oficina correspondiente con toda la documentación.
- Se formará expediente con la solicitud.
- Se notificará la resultancia de la solicitud para culminar el trámite.
Otras direcciones
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Oficina Central.
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Dr. Tolentino González, Nro. 371 ciudad de Canelones.
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- Atención presencial: De lunes a viernes (excepto feriados) de 09:00 a 15:30 horas.
Atención telefónica por consultas: 1828 Teleatención Ciudadana de 7:00 a 00:00 horas.