Impuesto a la participación de actividades bailables o espectáculos públicos (Decreto 85/2014) - Canelones
Requisitos generales
Requisitos de inicio:
- Habilitación comercial puntual o definitiva, otorgada por la Dir. Gral. de Gestión Territorial.
- Calidad de propietario del padrón inmobiliario.
- Declaratoria Notarial: de no coincidir la calidad de gestionante con la de propietario del o de los locales donde ha de realizarse el espectáculo, se requerirá su presentación por parte del propietario en la que deberá constar: datos del titular (persona física, empresa unipersonal, persona jurídica y sus representantes), calidad en la que el gestionante u organizador hará uso del inmueble ( arrendatario, usufructuario, etc) y vigencia del contrato, expresando tener conocimiento del alcance de la responsabilidad solidaria que pone de su cargo el Decreto 85/2014 en su Artículo 4º.
- Contribución inmobiliaria al día.
- Declaración Jurada con timbre profesional (Puntual o Mensual).
Requisitos específicos:
- Persona física/empresas unipersonales: cédula de identidad y constancia de domicilio de UTE, OSE o ANTEL.
- Persona jurídicas: estatutos de la empresa o institución, certificado notarial (vigencia 30 días), donde conste la fecha de constitución y los datos de su representantes con especificación del término de sus mandatos.
- Declaración jurada puntual: se utiliza cuando realiza una única actividad bailable o espectáculo público dentro del mes.
- Declaración jurada mensual: se utiliza cuando realizan más de una actividad bailable o espectáculo público dentro del mes.
Otros datos de interés
La forma y el plazo de presentación va a depender de la Declaración Jurada que se presente:
- Declaraciones juradas mensuales. En las mismas indicarán los días y horarios en que se mantendrán abiertos al público los locales, debiendo presentarse dentro de los primeros 20 días hábiles de cada mes para las actividades previstas en el mes siguiente y con un mínimo de 72 horas de anticipación.
- Declaraciones juradas puntuales. En las mismas indicarán la fecha y horarios en la que se mantendrán abiertos el público los locales, debiendo presentarse con un mínimo de 72 horas de anticipación a la realización de la actividad.
Más información:
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Tener en cuenta que, previo al pago de este impuesto, deberán tener tramitada la habilitación. Dicha habilitación la inician en la Dirección General de Gestión Territorial.
Otros costos
Unidad: UR (Valor de la UR)
Puntual: se fija un ficto de 0,04 UR (cuatro centésimos de unidad reajustable) por persona de acuerdo a la capacidad habilitada del local, para cada actividad.
Mensual: se fija un ficto de 0,06 UR (seis centésimos de unidad reajustable) por persona de acuerdo a la capacidad habilitada del local, cubriendo esta modalidad todas las actividades que se realizan en el mes declarado.
Cómo se hace
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Deberá completar el formulario con la documentación requerida.
Otras direcciones
Canelones
- Oficina central (Tomas Berreta 370, Canelones, Canelones) o Municipio de Cercanía.
- Lunes a viernes de 09:00 a 15:30 horas.
- Para agendarse comuníquese al 1828 int. 83.