Tributos y pagos

Exoneración de contribución inmobiliaria rural a Productores Familiares - Canelones

Información en Gub uy
A través de este trámite puede realizar una solicitud para acceder a las exoneraciones que concede la Intendencia para los tributos de Contribución Inmobiliaria Rural.  

Otros datos de interés

Observaciones:

El Art. 448 Ley 17296 (redacción dada por la Ley 19355 del 19/12/15 Art. 681) Establece que los propietarios de padrones rurales que exploten padrones que en su conjunto no excedan las 200 (doscientas) hectáreas índice CONEAT 100 estarán exonerados, en su caso, del pago de la contribución inmobiliaria rural por hasta las primeras 50 (cincuenta) hectáreas equivalentes a índice CONEAT 100.

En el caso de productores que exploten padrones en más de un departamento, las 50 hectáreas valor índice CONEAT 100 exoneradas, serán en su caso prorrateadas entre estos en función del valor real de lo inmuebles explotados en cada uno de ellos.
 

NOTA : Se aclara que el beneficio se otorgará a los/las propietarios/as de los bienes rurales que acrediten la calidad de productor/a familiar y siempre que se cumpla el resto de los requisitos ya descriptos.

 

Requisitos generales

¿Quiénes exoneran?

  • Tendrán derecho a este beneficio los propietarios que tengan la calidad de productor familiar encontrándose debidamente inscriptos en el registro respectivo que lleva a dichos efectos el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
    • PRODUCTORES FAMILIARES: Son personas físicas que con o sin la ayuda de otros gestiona directamente una explotación agropecuaria y/o realiza una actividad productiva agraria que no requiere el uso directo de la tierra.

Plazo de presentación:


El plazo de presentación son los primeros 120 días del año.

Requisitos de inicio:

  • Contribución inmobiliaria rural al día (se puede solicitar la exoneración con convenio al día).
  • Certificado del MGAP (acreditando la calidad del productor familiar). Original
  • Cédula de identidad. Original y Copia: Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente.
  • Declaración Jurada con timbre profesional.(Ver adjunto)


 

 

Otros costos

Timbre Profesional

Cómo se hace

  1. Se deberá presentar en el Municipio de cercanía u Oficina Central con la documentación requerida.
  2. Se verificará en el sistema si lo declarado coincide con los registros de la Intendencia y se procederá a realizar el trámite correspondiente.

Otras direcciones

Canelones

  • Oficina central (Tomas Berreta 370, Canelones, Canelones) o Municipio de Cercanía.
  • Lunes a viernes de 09:00 a 15:30 horas.
  • Para agendarse comuníquese al 1828 int. 83.