Evaluación médica para afectación de vehículo por Ley 13102 o Res. 3282/986 - Canelones
Mediante este trámite las personas con discapacidad que se quieran amparar a la Ley Nº 13102 e importar un vehículo 0km. ; o afectar a discapacidad un vehículo adquirido en plaza amparándose a Resolución 3282/986, pueden solicitar la evaluación médica que corresponde a la Intendencia.
La Ley 13102 establece que se considerará discapacitado a quien adolezca de alguna deficiencia importante y, definitiva o transitoria, que pueda prolongarse por un lapso aproximado de cinco años, en la funcionalidad de sus extremidades.
Quedan comprendidas en la ley 13102 las personas que padezcan de ceguera definitiva (art. 224 Ley 16736) y discapacidad intelectual (art. 91 Ley 18651).
Requisitos generales
Documento de Identidad.
- Cédula de identidad del solicitante vigente y en buen estado.
- Si el beneficiario es un menor de edad, también la cédula de identidad de sus representantes legales (padre y madre, o tutor) quienes deberán firmar la solicitud.
- Si el beneficiario está sujeto a Curatela, presentar la sentencia o resolución judicial así como cédula de identidad de su curador/a.
Certificado médico.
- En caso de ampararse a Ley 13102 para importación directa de vehículo 0km., deberá presentar el certificado con dictamen del tribunal del Ministerio de Salud Pública.
- En caso de ampararse en Res. 3282/986 para vehículo 0 km. adquirido en plaza o usado, deberá presentar certificado de médico tratante especializado en la patología causante de la discapacidad, estableciendo diagnóstico y evolución.
Presentar y entregar permiso de conducir.
- Si el solicitante es titular de permiso/s de conducir, deberá entregarlo/s antes de la evaluación médica ya que quedará condicionado a la misma.
- Concurrir con un acompañante que tenga permiso de conducir en vigencia para poder trasladarse.
Otros datos de interes
El certificado que se otorga:
- En caso de adquirir vehículo 0km. mediante una importación directa, la evaluación médica en la Intendencia es a los efectos de determinar si la persona está o no apta para conducir y expedir el certificado correspondiente. El MSP evalúa previamente la discapacidad y si se encuentra comprendido por la Ley 13102.
- En caso de afectar un vehículo 0km. adquirido en plaza o usado amparándose en Res. 3282/986, la evaluación médica en la Intendencia determinará si corresponde acceder a los beneficios tributarios por discapacidad y si la persona está apta o no para conducir.
Si se le expide certificado con el APTO para conducir:
- si tiene permiso de conducir vigente, deberá realizar y aprobar una evaluación práctica de conducción en el vehículo con las adaptaciones correspondientes.
- si tiene permiso de conducir vencido por más de 2 años, además del examen práctico mencionado, deberá rendir examen teórico descargar la Guia Nacional de Conduccion de Autos y Motos y Señales de Tránsito .
- si nunca obtuvo permiso de conducir, el trámite a realizar es Primera Vez de Permiso de Conducir categoría A . El requisito examen psicofísico de aptitud para conducir NO deberá realizarlo en institución externa.
Para evaluación práctica, deberás presentar:
- Documento de Identificación Vehicular (DIV).
- Certificado de Seguro Obligatorio de Automotores vigente (SOA).
- Acompañante con permiso de conducir vigente en todos los casos.
Si se le expide certificado con el NO APTO para conducir :
- Si el/la beneficiario/a es una persona menor de edad o en tanto mayor, no se encuentre apto/a para conducir, se podrá autorizar hasta dos choferes. Deberá presentar la solicitud aportando los candidatos para ser autorizados por la Gerencia de Tránsito correspondiente.
A tener en cuenta:
Cuando por el tipo o nivel de discapacidad o por circunstancias especiales, sea conveniente o necesario permitir el manejo de los automotores por otras personas, podrán conducir terceras persona siempre que el titular del beneficio se encuentre dentro del mismo. Artículo 17 del Dto. 241/999 de fecha 04/08/1999 con nueva redacción dada por el Artículo 1 del Dto. 182/015 de fecha 06/07/2015.
Cómo se hace
- Descargar el Formulario solicitud de evaluación medica ley 13102 o resolución 3286, completar y firmar.
- Presentarse ante alguna de las oficinas y presentar el formulario completado y firmado para que se forme expediente.
- Se asignará un turno para que concurra a realizar la evaluación médica.
- El día de la evaluación, el solicitante debe presentarse con toda la documentación original mencionada en "Requisitos" y acompañado con conductor habilitado.
- Si el trámite es una importación de vehículo 0km. se le entregará el certificado correspondiente para continuar el trámite en VUCE.
- Luego de realizada la importación continuará el trámite de empadronamiento del vehículo.
- Si el trámite es afectar un vehículo 0km. adquirido en plaza o usado se le emitirá certificado para su presentación ante la oficina de Contralor de Vehículos donde realice el trámite de cambio de afectación.
Otras direcciones
- Oficina Central.
- Dr. Tolentino González, Nro. 371 ciudad de Canelones.
- Municipio de Ciudad de la Costa.
- Avda. Giannattasio, Centro Cívico "Costa Urbana"
- Municipio de Las Piedras.
- Lavalleja 591 entre Batlle y Ordóñez y Av. Artigas.
- Municipio de Pando.
- Avda. General Artigas 1110 esq. Zinola.
Atención presencial: Sin agenda para presentar la solicitud y con turno reservado para examen médico.
Atención telefónica por consultas: 1828 Teleatención Ciudadana de 7:00 a 00:00