
Plan de Regularización de Adeudos 2018 que se resolvió en el Congreso de Intendentes por unanimidad el día 14 de marzo.
Forma de pago
Beneficios de buen pagador:
-Se extiende el beneficio durante todo el periodo de gobierno.
Deuda de patente:
-Alcance: Se podrá convenir la deuda de patente generada hasta el 31 de diciembre de 2017.
-Pago contado: se reliquidará el tributo más un 5% de multa actualizado por IPC.
-Pago Financiado: se reliquidará el tributo más 5% de multa actualizado por IPC y se financiará en UI hasta en 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con una cuota mínima de 130 UI y una entrega inicial correspondiente a las cuotas vencidas de patente 2018.
Multas de tránsito:
-Se mantiene lo establecido en el Artículo 22 TOS.
Plazo de vigencia
-El periodo de vigencia del plan será de 60 días a partir de que se cumplan todos los plazos normativos para que quede operativo.
Caducidad automática
-Se producirá de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna por el no pago de 3 cuotas consecutivas o alternadas del convenio, o 2 cuotas del impuesto del ejercicio corriente.
Fiscalización:
-Multa por deuda de patente Artículo 9 TOS (dos o más cuotas de patente vencidas). En cada Gobierno Departamental, la CSS instrumentará la puesta en marcha de equipos de inspección, y relevará las actividades de inspección remitiendo al Congreso de Intendentes informes trimestrales con el control de la gestión.
-Se dispone la realización de inspecciones inmediatas del cobro del impuesto a partir de la financiación del plazo de vigencia.
Compromiso de aplicar el Artículo 49 TOS (5 o más años de deuda de patente) a partir del 01 de agosto de 2018.
Normativa general
-Se encomienda a las CSS evaluar la normativa vigente en materia de sanciones tributarias.
-Quienes tengan convenios vigentes podrán optar por el que más le convenga.