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Fraccionamiento o reparcelamiento de padrones urbanos/suburbanos/rurales - Canelones

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Es la gestión mediante la cual se analiza y autoriza toda modificación predial urbana, suburbana y rural dentro del Departamento de Canelones, sea fraccionamiento, reparcelamiento, subdivisión de predio, amanzanamiento y loteos, cualquiera sea su uso, de acuerdo a las disposiciones de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial y la Ordenanza de Subdivisión de Tierras.

Requisitos generales

Presentación de Nota o Escrito.

  • Primer etapa
    • Para padrones urbanos y suburbanos
      • Justificación del Fraccionamiento (Nota que identifique el Plan, Ley, Artículo o Instrumento legal por el que solicitan se apruebe la Mensura/Fraccionamiento/Reparcelamiento).

Recibo de Contribución Inmobiliaria.

  • Al día o convenio que incluya cuota vigente (requisito de control interno).

Certificado Notarial.

  • Segunda etapa

    • Cualquiera sea la naturaleza del padrón (urbana, suburbana o rural)

      • De propiedad o Minuta Notarial para fraccionamiento _ formulario 1.4/2016

Declaración Jurada.

  • Primer etapa
    • ​​​​​​Para padrones urbanos y suburbanos
      • Declaración Jurada optativa de relevamiento integral de construcciones _formulario 11.4/2021
  • Segunda etapa
    • Para padrones urbanos y suburbanos
      • Declaración Jurada de regularización de titular/es (exigible solo cuando existen construcciones “sin permiso” o con permiso “no habilitadas” (Formulario 11.3/2016).

Certificación notarial de firmas.

  • Segunda etapa
    • Cualquiera sea la naturaleza del padrón (urbana, suburbana o rural)
      • Acompaña la Declaración jurada establecida por formulario 11.3/2016 (exigible solo cuando existen construcciones “sin permiso” o con permiso “no habilitadas” (Formulario 11.3/2016).

Presentación de Planos.

  • Primer etapa
    • Para padrones urbanos y suburbanos:
      • Plano proyecto de fraccionamiento y/o reparcelamiento con especificación de láminas (ver guía en Formulario 8.2a/2016).
      • Planos antecedentes gráficos del predio.
      • Para predios edificados:
        • Planos de Construcción Habilitado o Relevamiento Integral (esquemático) de las construcciones que carecen de habilitación con Declaración Jurada Optativa de Relevamiento Integral (Formulario 11.4/2016).
        • Complemento fotográfico de las construcciones en referencia a la divisoria proyectada.
    • Para padrones rurales:
      • Plano proyecto de fraccionamiento y/o reparcelamiento con especificación de láminas (ver guía en Formulario 8.2a/2016).
      • Planos antecedentes gráficos del predio.
  • Segunda etapa

    • Cualquiera sea la naturaleza del padrón (urbana, suburbana o rural)

      • Plano definitivo de Fraccionamiento y/o Reparcelamiento.

Presentación de formulario.

  • Primer etapa
    • Cualquiera sea la naturaleza del padrón (urbana, suburbana o rural)
      • Formulario solicitud “A” de información previa con firma técnica y el respectivo timbre profesional “inutilizado” (Formulario 11.1/2016).
  • Segunda etapa
    • Cualquiera sea la naturaleza del padrón (urbana, suburbana o rural)
      • Formulario solicitud “B” Permiso de Fraccionamiento (Formulario 11.2/2016_ sin Timbre Profesional).

Otros datos de interés

El costo de ésta gestión reajusta en forma semestral (1° de Enero y 1° de Julio de cada año).

Valor

$ 2281.00

Otros costos

Al momento de iniciar la gestión el costo es el equivalente a "Formula A _ $u 2281".

Una vez Aprobada la Formula A se deberá de presentar "Formula B" con el siguiente costo _ $u 4438 mas Derecho examen de Planos establecido en Art. 42 de Ordenanza Sub-División de Tierras Circ. 21/84 Resolución 158/84 (fórmula aplicada _  A+B (1+0.33n) VR/100).

Requisitos

 

Cómo se hace

  1. Ingresando en el botón “Iniciar trámite en línea”.
  2. Acceder con usuario o medio de identificación electrónica.
  3. Completar los datos solicitados en el formulario web.
  4. Aportar documentación requerida.
  5. realizar la gestión de pago contado o convenio (luego de emitido el código para pago dispondrá de plazo de 10 días para abonarlo).
  6. Asentar el pago en el formulario y enviarlo.

Formalizado el expediente, comienzan los estudios técnicos y administrativos respectivos, finalizando el trámite con la Aprobación de lo proyectado mediante Resolución Departamental.