Nuevos Decretos
Los mismos son:
67/08: Beneficia a jubilados, pensionistas y hogares monoparentales.
73/09: Suspensiones de deudas.
74/09: Bonificación por pago contado.
De los tres decretos, dos no tienen fecha limite. El 67/08 y el 73/09 no tienen fecha de finalización. El de pago contado (Nº74), caducará cuando finalice esta Administración Municipal.
Ahora los contribuyentes tienen la oportunidad de incorporarse a la cadena de pagos y de esa manera generar condiciones para seguir transformando el departamento, dijo Estela Pérez, Directora de Ingresos de la Intendencia de Canelones, al comentar la puesta en práctica de los mencionados decretos.
Los jubilados o jubiladas que tenían deudas y no podían presentarse al beneficio de exoneración, con el nuevo decreto se pueden presentar.
Otra novedad es que el valor de la propiedad para acceder a este beneficio, alrededor de los 70 mil pesos, fue elevado entre 300 y 400 mil pesos de valor de aforo.
Otra limitante: los ingresos de los jubilados/a para acceder al beneficio, fue modificado, De 14 mil pesos se ha elevado a 5 salarios mínimos nacionales y para el caso de hogares monoparentales podría llegar hasta 6 sueldos mínimos, destacándose que ahora se toma en cuenta el líquido del salario en vez del bruto.
Decreto 73/09Dará facilidades para los contribuyentes que tengan deudas. “Aquellos contribuyentes que tengan muchos años de deudas y no puedan acceder a una financiación para pagar y a su vez abonar el tributo corriente, presentando los ingresos del núcleo familiar liquido y se constata que no puede abonar la cuota del posible convenio y el tributo corriente se suspende por 5 años la deuda y sólo se paga el tributo corriente.
Para que se exonere definitivamente la deuda, el contribuyente deberá estar al día durante el periodo que estuvo moroso, con el tributo corriente.
Si tiene una deuda de 5 años con la Comuna deberá mantenerse al día con el tributo corriente por esos 5 años y así se suspenderá definitivamente la deuda.
Decreto 74/09
Bonificación por pago contado. Anteriormente abonando al contado, el buen pagador tenía un beneficio del 5 %. Para este año 2010 será del 7 % y variará año a año. A medida que aumenten los contribuyentes se podría llegar hasta el 10 % de bonificación.
El contribuyente que pague la totalidad del tributo antes del 28 febrero puede llegar a un 15 % de bonificación. Este decreto contempla la ley de descentralización y estipula que un porcentaje de lo recaudado se destine a cada junta local. Los vecinos y vecinas decidirán en que obra volcar estos dineros, anunció la Directora de Ingresos de la Comuna Canaria, Estela Pérez.